Estrategia7 min de lectura
Qué dice la ley sobre publicidad médica en Panamá
Los límites de la publicidad sanitaria en Panamá explicados en lenguaje llano, con los casos que más problemas dan en redes sociales.
Publicado el

Este artículo no sustituye a un abogado ni al criterio del Consejo Técnico de Salud. Es lo que hemos aprendido gestionando cuentas de médicos panameños durante años: dónde están los límites en la práctica y qué publicaciones acaban costando un disgusto.
El principio de fondo es sencillo y no cambia: la publicidad de un profesional de la salud debe ser veraz, comprobable y respetuosa con la dignidad del paciente. Todo lo demás se deduce de ahí.
Promesas de resultado
Es la infracción más común y la más fácil de evitar. «Elimine su dolor de espalda para siempre» o «resultados garantizados» son promesas de resultado clínico, y ningún tratamiento las puede sostener para todos los pacientes.
La alternativa no es dejar de comunicar, es cambiar el verbo. En vez de prometer un resultado, describa el procedimiento y a quién va dirigido: «Tratamiento del dolor lumbar crónico. Valoración inicial con estudio de imagen». Dice lo mismo, atrae al mismo paciente y no compromete su licencia.
Superlativos y comparaciones
«El mejor dermatólogo de Panamá» es un superlativo no comprobable y, además, una comparación implícita con colegas. Lo mismo pasa con «la clínica número uno» o «la tecnología más avanzada del país».
Los datos objetivos sí se pueden usar, siempre que sean verificables: años de ejercicio, número de procedimientos realizados, certificaciones, equipamiento concreto con su nombre y modelo.
Antes y después
Es el terreno más delicado, sobre todo en estética, odontología y dermatología. Antes de publicar una imagen de un paciente hacen falta tres cosas, y las tres a la vez:
- Consentimiento informado por escrito, específico para uso publicitario. El consentimiento del procedimiento no sirve.
- Que la imagen no esté retocada ni tomada con luz o ángulo distintos, porque entonces deja de ser veraz.
- Que se acompañe de una advertencia clara de que los resultados varían entre pacientes.
Testimonios de pacientes
Un testimonio grabado en el que el paciente cuenta que se curó es, en la práctica, una promesa de resultado hecha por interpuesta persona. Y confirma públicamente que esa persona es paciente suyo, lo que ya es un asunto de confidencialidad.
La vía limpia es la reseña en Google: la escribe el paciente por su cuenta, en su espacio, y usted no la solicita a cambio de nada. Es más creíble para quien la lee y no le expone.
Confidencialidad en el día a día de las redes
Los descuidos más frecuentes no son campañas: son detalles. Una foto del consultorio con una pantalla encendida y un nombre visible. Una historia de Instagram donde se oye a alguien en la sala de espera. Responder en público a un comentario diciendo «lo vimos el martes».
La regla práctica: nunca confirme en un canal público que una persona concreta es paciente suya, ni siquiera para defenderse de una crítica injusta.
Datos personales y Ley 81
La Ley 81 de 2019 regula la protección de datos personales en Panamá y trata los datos de salud como sensibles. Para una consulta esto significa, como mínimo: pedir consentimiento antes de recoger datos por la web, decir para qué se van a usar, guardarlos con seguridad razonable y permitir que el paciente pida su eliminación.
Una base de datos de WhatsApp con cientos de pacientes a la que se envían promociones sin haber pedido permiso es, además de mal marketing, un problema legal.
Un filtro rápido antes de publicar
- ¿Prometo un resultado clínico? Si la respuesta es sí, se reescribe.
- ¿Puedo demostrar con documentos todo lo que afirmo?
- ¿Aparece un paciente identificable? ¿Tengo su consentimiento por escrito para publicidad?
- ¿Me comparo con otro profesional, aunque sea sin nombrarlo?
- ¿Estoy generando miedo para vender? El «si no se revisa esto, puede ser grave» es una línea que conviene no cruzar.
Trabajar dentro de estos límites no le quita fuerza a su comunicación. En un sector donde abunda la promesa fácil, ser el profesional que explica en vez de prometer es lo que construye autoridad de verdad.
Este contenido es informativo y está dirigido a profesionales de la salud sobre la gestión de su consulta. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de las autoridades sanitarias panameñas.
¿Quiere aplicar esto a su consulta?
Le hacemos un diagnóstico digital gratuito y le decimos por dónde empezaríamos.
Asesoría gratuita


